Jubilados y deudas

Segunda Oportunidad para pensionistas y jubilados: guía completa

📅 2025-03-15⏱ 6 min de lectura✍️ NuevaSalida
La Ley de Segunda Oportunidad no tiene límite de edad. Pensionistas y jubilados con deudas acumuladas pueden acogerse al mismo proceso que cualquier otro particular. De hecho, en España hay un número creciente de personas mayores que se acogen a esta ley después de años soportando el peso de préstamos personales o avales.

¿Pueden los pensionistas acogerse a la Segunda Oportunidad?

Sí. La ley no establece ninguna limitación por edad ni por tipo de ingresos. Un pensionista que tiene deudas que no puede pagar con su pensión cumple el requisito de insolvencia igual que cualquier otra persona.

La pensión como ingreso en el proceso

La pensión de jubilación, incapacidad o viudedad cuenta como ingreso a efectos del proceso concursal. Sin embargo, al igual que ocurre con el salario, la parte de la pensión equivalente al SMI (1.134€/mes en 2025) es inembargable. Solo la parte que exceda ese importe puede ser objeto de retención.

Situaciones frecuentes en pensionistas

Las deudas más comunes entre personas jubiladas que acuden a la Segunda Oportunidad son:

  • Préstamos personales contratados durante la vida laboral y que siguen pendientes en la jubilación
  • Tarjetas de crédito con saldos acumulados durante años
  • Avales prestados a hijos o familiares que no han podido pagar sus deudas, pasando la obligación al avalista
  • Hipotecas en las que quedan cuotas pendientes con ingresos insuficientes para cubrirlas

El caso del avalista jubilado

Una situación muy frecuente en España es la del padre o madre jubilado que avaló un préstamo o hipoteca de sus hijos y ahora se enfrenta a la reclamación del banco porque el hijo no puede pagar. En estos casos, el avalista responde con todos sus bienes, incluida la pensión (por encima del SMI). La Segunda Oportunidad también aplica a los avalistas que se encuentren en situación de insolvencia.

⚠️ Importante para avalistas

Si eres avalista de una deuda y el deudor principal no paga, el banco puede reclamarte directamente la totalidad. Si no puedes hacer frente a esa deuda con tu pensión, puedes solicitar la Segunda Oportunidad como avalista insolvente.

¿Pueden afectar las deudas a la herencia?

Las deudas no exoneradas mediante la Segunda Oportunidad sí pueden transmitirse a los herederos, aunque estos tienen siempre el derecho de aceptar la herencia a beneficio de inventario (solo heredan los activos, no las deudas que superen el valor del patrimonio). Si obtienes la exoneración antes de fallecer, esas deudas quedan canceladas y no se transmiten.

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