Empresas y autónomos

Segunda Oportunidad para microempresas: el procedimiento especial de 2022

📅 2025-04-05⏱ 7 min de lectura✍️ NuevaSalida
La Ley 16/2022 introdujo un procedimiento especial y simplificado para microempresas, autónomos y pequeños empresarios con deudas. Este nuevo proceso es más ágil, menos costoso y está diseñado específicamente para la realidad de los pequeños negocios en España.

¿Qué es una microempresa a efectos de la ley?

Para acogerse al procedimiento especial de microempresas, la empresa o el autónomo debe cumplir al menos dos de estos tres criterios durante los dos ejercicios anteriores:

  • Plantilla media inferior a 10 trabajadores
  • Cifra de negocio anual inferior a 2 millones de euros
  • Activo total inferior a 2 millones de euros

También pueden acogerse los autónomos con deudas inferiores a 1 millón de euros, independientemente de su facturación.

¿En qué se diferencia del proceso general?

1

Tramitación electrónica

El procedimiento se tramita íntegramente de forma electrónica a través del sistema TEMI (Trámites Electrónicos de Microempresas e Insolvencia).

2

Sin administrador concursal

En la mayoría de casos no se nombra administrador concursal, lo que reduce significativamente los costes del proceso.

3

Plazos más cortos

Los plazos procesales son más reducidos que en el proceso general, lo que puede acortar el tiempo total del procedimiento.

4

Experto en reestructuración

En lugar del administrador concursal, puede nombrarse un experto en reestructuración para facilitar el acuerdo entre deudor y acreedores.

¿Qué pasa con las deudas personales del empresario?

En el caso de autónomos, las deudas de la actividad empresarial y las deudas personales están entremezcladas porque el autónomo responde con todo su patrimonio. El procedimiento especial permite abordar ambas al mismo tiempo, lo que simplifica enormemente la gestión.

¿Puedo mantener el negocio durante el proceso?

Sí, en principio. El objetivo del procedimiento especial es precisamente facilitar la reestructuración del negocio cuando sea viable, o facilitar el cierre ordenado cuando no lo sea. Durante el proceso, el empresario puede seguir gestionando su empresa salvo que el juez ordene lo contrario.

¿Qué pasa con los trabajadores?

Si el proceso deriva en la liquidación de la empresa, los trabajadores tienen prioridad como acreedores privilegiados. El Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) cubre parte de los salarios e indemnizaciones impagados en caso de insolvencia empresarial declarada judicialmente.

✓ Ventajas del procedimiento especial para microempresas
  • Más económico que el proceso general (sin administrador concursal)
  • Tramitación íntegramente electrónica
  • Plazos más cortos
  • Diseñado para la realidad de los pequeños negocios
  • Permite cancelar simultáneamente deudas empresariales y personales del autónomo

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