Novedad 2022

Cancelar deudas con Hacienda y Seguridad Social: guía completa 2025

📅 2025-02-15⏱ 7 min de lectura✍️ NuevaSalida
La reforma de la Ley Concursal de 2022 introdujo por primera vez la posibilidad de exonerar deudas con la Administración Pública en España. Esta novedad beneficia especialmente a autónomos y pequeños empresarios que acumularon deudas de IVA, IRPF y cotizaciones a la Seguridad Social.

¿Qué deudas con Hacienda se pueden cancelar?

Mediante la Ley de Segunda Oportunidad es posible exonerar las siguientes deudas tributarias con la Agencia Tributaria (AEAT):

  • IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) pendiente de liquidación
  • IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) — retenciones y pagos fraccionados impagados
  • Impuesto de Sociedades en el caso de empresarios
  • Recargos e intereses de demora asociados a estas deudas
  • Sanciones tributarias en algunos supuestos
⚠️ Límite importante

La exoneración de deudas con Hacienda tiene un límite máximo de 10.000€. La deuda que supere esa cantidad no queda automáticamente cancelada, aunque sí puede negociarse un plan de pagos favorable.

¿Qué deudas con la Seguridad Social se pueden cancelar?

También es posible cancelar hasta 10.000€ de deuda con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), incluyendo:

  • Cuotas de autónomo impagadas
  • Cotizaciones empresariales pendientes
  • Recargos por falta de ingreso en plazo

¿Qué pasa con la deuda que supera los 10.000€?

Cuando la deuda con Hacienda o la Seguridad Social supera el límite de exoneración, hay dos caminos posibles según la reforma de 2022:

  1. Plan de pagos aplazado: Se acuerda con la Administración un calendario de pago para la parte que excede el límite, generalmente a 3 o 5 años con tipos de interés reducidos.
  2. Negociación extrajudicial previa: Antes de iniciar el proceso concursal, el deudor puede intentar un acuerdo de aplazamiento con la AEAT o la TGSS. Si se consigue y se cumple, el proceso judicial puede limitarse al resto de las deudas.

Caso práctico: autónomo con deuda de Hacienda

Ejemplo real

José cerró su negocio de hostelería en 2021 con las siguientes deudas: 8.500€ de IVA pendiente con Hacienda, 6.200€ de cuotas de autónomo con la Seguridad Social y 35.000€ en préstamos bancarios y tarjetas.

Con la reforma de 2022 pudo exonerar el 100% de la deuda con Hacienda (inferior a 10.000€), el 100% de la deuda con la Seguridad Social (inferior a 10.000€) y los 35.000€ de deuda bancaria. Total cancelado: 49.700€.

Requisitos específicos para deudas con la Administración

Para poder exonerar deudas públicas es imprescindible haber intentado previamente un acuerdo de aplazamiento o fraccionamiento con la AEAT o la Seguridad Social, y que ese intento haya fracasado. Sin este intento previo documentado, el juez puede no admitir la exoneración de la parte pública de la deuda.

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